Buscan empleado de banco que sustrajo RD$60 millones a cuentas de clientes en Salcedo

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HERMANAS MIRABAL.- La Policía Nacional emitió una alerta de búsqueda contra un hombre, empleado privado de una entidad bancaria, quien, mediante la modalidad de intervención de varias cuentas bancarias de la empresa, realizó múltiples transferencias, cuya suma asciende a los $60 millones de pesos.

De acuerdo con el informe policial, Juan Luis Valdez Cascante, de 24 años, se transfirió el dinero a sus cuentas personales y luego las distribuyó entre unas 113 personas, para que estas les entregaran el dinero, la mayoría de veces, a cambio de un porcentaje.

Valdez Cascante, oriundo del sector el Clavijo, los Tocones, en Jayabo Afuera del municipio de Salcedo, junto a otros autores materiales y cómplices, pendientes de investigar e identificar en el curso de las investigaciones y que se beneficiaron de las transferencias del dinero robado y que puedan resultar imputables, sustrajeron la suma millonaria, utilizando la modalidad de “pitufeo”.

El “pitufeo” consiste en realizar cientos de trasferencias de bajos montos para evitar llamar la atención.

Valdez Cascante, buscado mediante orden de arresto No.2025-AJ0015030, d/f 11-03-2025, emitida por la Oficina Coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, y los demás implicados, están siendo acusados de robo asalariado, asociación de malhechores y de violación a la ley de crímenes y delitos de alta tecnología.

Además, de violación a los artículos 379, 386-3, 265, 266  del código penal dominicano que castigan el robo asalariado y asociación de malhechores y el artículo 14 de la ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, que castigan la transferencia electrónica para la obtención ilícita de fondos robados.

El mismo ha permanecido oculto tanto en Bávaro y Punta Cana en los lugares donde pernocta su madre como en Santiago de los Caballeros, donde vive la familia de su esposa.

De acuerdo con el artículo 386 del Código Penal, el robo se castigará con la pena de tres a diez años de reclusión mayor, cuando el culpable se encuentre en uno de los casos siguientes:

Acápite 3.- Cuando el ladrón es criado o asalariado de la persona a quien se hizo robo, o cuando ésta, aunque no sea el dueño de la casa, esté hospedada en ella, o cuando el criado o asalariado robe en casa en que se hospede su amo, acompañando a éste; o cuando el ladrón es obrero, oficial o aprendiz de la casa, taller, almacén, o establecimiento en que se ejecutare el robo, o cuando trabaje habitualmente en aquellos.

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