La razón por la que Elizabeth Silverio fue condenada a cinco años y no a siete

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AL FILO DE LAS NOTICIAS

SANTO DOMINGO.- La condena de cinco años de prisión impuesta a Elizabeth Silverio Silien por dar falsas calidades de médico, en lugar de los siete años dictados en un primer juicio de fondo en el 2024, se debe a un principio legal que impide agravar la pena cuando es solo la parte imputada que apela la sentencia.

El Ministerio Público y los representantes de los 11 querellantes y actores civiles que acusaron a Silvestre Silien de hacerse pasar como neurocientífica y psicoterapeuta para ofrecer terapias a niños autistas sin poseer los títulos universitarios que la facultara, no recurrieron la sentencia del primer juicio de fondo, que fue declarado nulo.

El primer proceso fue dejado sin efecto por la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación en octubre del 2025, que acogió la impugnación  de la defensa de la imputada.

Esos magistrados, Pedro Antonio Sánchez Rivera, (presidente), Nancy María Joaquina Guzmán y July Elizabeth Tamaríz Núñez, concluyeron que hubo «falta de valoración de pruebas aportadas por la parte recurrente» y que el fallo que la condenó en un principio a siete años carecía de «motivación».  En ese sentido, ordenaron un nuevo proceso contra la «falsa» médico.

Motivación de jueza del segundo juicio

Al pronunciar su condena de cinco años contra Silverio Silien, la pasada semana, la jueza Milagros Ramírez Cabrera, de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional, citó el artículo 420 del Código Procesal Penal que, dijo, plantea que cuando una sentencia es impugnada solo por el acusado o su defensor «no puede ser modificada en su perjuicio ni puede imponerse de una pena más grave«.

  • «Se acogió la apelación de la hoy imputada y, en ese contexto, el artículo 420 del Código Procesal Penal plantea: (…) cuando la decisión solo es impugnada por el imputado o su defensor, no puede ser modificada en su perjuicio, ni puede imponerse de una pena más grave«, argumentó.

La decisión íntegra del fallo de Ramírez Cabrera será leída el próximo 10 de junio, a las 11:00 de la mañana.

El Ministerio Público y las víctimas solicitaban en este segundo juicio que se condenara a la imputada a los siete años que decidió el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional en octubre del 2024.

El nuevo fallo determinó que Silverio Silien, de 31 años de edad, usó la «falsa calidad» de psicoterapeuta y neurocientífica para evaluar y dar terapias a niños desde los 18 meses, y a jóvenes de 25 años de edad con TEA.

Las alegadas estafas a los padres de los pacientes se hacían a través del Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Knowledge Land (Kogland), ubicado en Gascue, Distrito Nacional.

Kogland también tiene como socio al esposo de Silverio Silien, David Báez Zorrilla.

La imputada alegaba tener títulos de universidades extranjeras, incluidas la de Cambridge, en Inglaterra, así como un exequátur que el Ministerio Público pudo comprobar que no existía

290 mil pesos para ingresar a su hijo

Una de las víctimas narró durante los procesos contra la hoy condenada que pagó 290,000 pesos para ingresar a su hijo en el Kogland y 25,000 pesos mensuales, cuyos diagnósticos eran firmados por la acusada «como PhD y con su exequátur, doctora Elizabeth Silverio PhD».

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